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Propuesta : Constitución
 

Síntesis:

La presente coyuntura no debería ser momento, ni ocasión para experimentos de ingeniería constitucional, pues no parece que estemos ante un tiempo de reformas constitucionales para El Salvador. La propuesta más novedosa que se sugiere consiste justamente en cambiar de mentalidad respecto a la idea habitual que se tiene del cambio y de la reforma constitucional.

Introducción:

El punto de partida del presente capítulo se basa en el material empírico y normativo suministrado por las otras investigaciones sectoriales del presente informe. Se han tenido en cuenta las consideraciones teóricas sobre la política de reforma institucional, contenidas en el capítulo 1, apartado 5 del presente informe, en el buen entendimiento que el enfoque politológico no permite una pura y simple traslación al campo jurídico.

Sólo cuando los resultados alcanzados exijan inequívocamente modificaciones o cambios en el nivel de la legalidad constitucional, se estudiará la conveniencia de formular propuestas articuladas de reforma. Una elemental aplicación del principio de división del trabajo, junto con un correcto entendimiento de la necesaria economía de medios legales de los que dispone todo ordenamiento jurídico, avalan la propuesta de no alterar en principio la normatividad supralegal.

Es una tarea de elemental pedagogía constitucional fomentar la estabilidad del marco institucional y normativo, ponerle al abrigo de las diversas coyunturas políticas y dotarle del adecuado grado de rigidez frente a los actores de todo tipo, presentes en la contienda política cotidiana.

En la historia constitucional salvadoreña más reciente, los Acuerdos de Paz de 1992 marcan, como ha ocurrido en otros países de la región centroamericana, un antes y un después. De manera que aunque formalmente el texto vigente tiene su origen en 1983, el obligado engrosamiento constitucional que experimenta la Constitución a partir de 1992, no puede dejarse de tener en cuenta, así como las reformas posteriores de 1994, 1996, 1999 y 2000.

A juicio de un gran número de observadores, la actual tesitura manifiesta un alto grado de desconfianza política entre fuerzas partidarias antagónicas y fomenta una bipolarización que no es deseable trasladar al marco constitucional. Por otro lado, parece inevitable que los partidos políticos no intenten hacer política constitucional que en última instancia quieren ver reflejada en la norma fundamental. En ese sentido, resulta obligado trabajar desde una perspectiva que contemple posibles alternancias políticas de cualquier signo, sin que esto suponga la necesidad de alterar el citado marco constitucional.

En principio, un buen criterio de sana política constitucional impide sobrecargar al texto fundamental con determinaciones coyunturales tanto de política económica como de cualquier otro sector material del ordenamiento.


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